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ANUNCIO del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Teruel, por el que se somete a información pública el proyecto de instalaciones del gasoducto para suministro de gas natural a UTISA» GN-41.819/JVH/aer.

Publicado el 09/06/2004 (Nº 67)
Sección: BOA V. Anuncios - Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Texto completo:

ANUNCIO del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Teruel, por el que se somete a información pública el proyecto de instalaciones del gasoducto para suministro de gas natural a UTISA» GN-41.819/JVH/aer.

De conformidad con lo prevenido en el capítulo II del Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles y en los artículos 17.2 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su reglamento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104.2 de la Ley 34/1998, de 7 de Octubre, del Sector de Hidrocarburos y el Real Decreto 1434/2002 de 27 de diciembre, se somete a Información pública el siguiente Proyecto de Instalaciones:

Peticionario: Endesa Gas Transportista, S. L. con domicilio en C/Aznar Molina nº 2 de Zaragoza (CP-50002).

Objeto de la petición: Autorización Administrativa, Aprobación de Proyecto y Declaración en concreto de Utilidad Pública del proyecto de instalaciones del gasoducto para suministro de gas natural a UTISA»

Características de las instalaciones:

-Origen: Posición 10 del gasoducto cuencas mineras de Teruel en el término de Cella.

-Final: UTISA

-Tubería de acero al carbono: tipo API-5L GrB, diámetro de 6" para el gasoducto, dotado de revestimiento de polietileno y de protección catódica, con una longitud de 560 metros. La tubería irá enterrada normalmente a un mínimo de un metro de profundidad sobre la generatriz superior.

-Presión máxima: de servicio 58 bares (APB)

-Caudal: 8.200 m3(n)/h

-Instalaciones auxiliares.

-Trazado: El gasoducto discurre por el término municipal de Cella (Teruel).

-Estación de regulación y medida

-2 líneas de 10.000 m3(Nh cada línea

-Filtraje

-Contaje

-Presupuesto: Asciende el presupuesto a la cantidad de trescientos treinta y siete mil seiscientos ochenta y dos euros con seis céntimos (337.682.06 euros)

La afección a fincas de propiedad privada, derivada de la construcción del proyecto, se concreta en la siguiente forma:

Uno: Expropiación forzosa de los terrenos en donde se han de construir las instalaciones fijas en superficie.

Dos: Para las canalizaciones:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de cuatro metros de ancho a lo largo del gasoducto, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas y que estará sujeta, por motivos de seguridad a las siguientes limitaciones de dominio:

1.-Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a dos metros, a contar del eje de la tubería.

2.-Prohibición de realizar cualquier tipo de obras o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones a una distancia inferior a diez metros del eje del trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que en cada caso fije el Organo competente de la Administración.

3.-Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

4.-Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

b) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación y en al que se hará desaparecer todo obstáculo, así como las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

Tres.-Para el paso de los cables de conexión y elementos dispersores de protección catódica:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de un metro de anchura, por donde discurrirán los cables de conexión y elementos dispersores de protección catódica, que está sujeta a la prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos y para realizar cualquier tipo de obras, construcción o edificación en una franja de terreno de tres metros de anchura (1,5 a cada lado del eje de las instalaciones) así como el derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que hubiera a una distancia inferior a la indicada.

b) Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras de la zona que refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación, y en la que se podrá hacer desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones y operaciones precisas a dichos fines.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares afectados por dicho Proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que puedan examinar el mencionado Proyecto en el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo en Teruel de la Diputación General de Aragón, sito en Plaza San Juan nº 5, 44001 - Teruel, y presentar, por triplicado, las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.

Teruel, 14 de mayo de 2004.-El Director Provincial del Servicio, Angel García Córdoba.